sábado, 1 de octubre de 2016

¿Qué es la personería jurídica?

Toda organización sindical de trabajadores por el solo hecho de su fundación, y a partir de la fecha de la asamblea constitutiva, goza de personería jurídica.
El sindicato para funcionar legalmente necesita constituirse como persona jurídica y el Código Sustantivo del Trabajo lo denomina Personería Jurídica.

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Referencia

Codigo sustantivo del trabajo Art 364 recuperado de: http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=33104

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